visión rápida del covid-19
Desde una perspectiva epidemiológica
Por Paula Hernández Villarroel
Trabajadora Social
18/05/2020
La liberación de los presos comienza cuando el gobierno toma la iniciativa de presentar el proyecto y la promulgación de ley de indulto conmutativo como opción para ser frente ante la contingencia sanitaria actual, ley que consiste en retirar temporalmente a los grupos más propensos y vulnerables a contagiarse y propagar el virus a la población penal.
¿Por qué esta medida de protección y prevención provocó una gran desconfianza en la población chilena ?
En Chile, gran parte de las personas le atribuyen un rechazo al sistema penal, por lo que, enjuician y condenan a las personas por su actuar delictivo, sin importar, las causas que llevaron a la persona a encontrarse actualmente privado de libertad dentro de un contexto carcelario. Motivo por el cual la población le carga una preocupación latente el hecho de que este grupo de personas que están privadas de libertad vuelvan a encontrarse en el medio libre.
Un elemento de esta desconfianza apunta a la irregularidad de la ejecución de las medidas políticas en materia de justicia y derechos humanos, por lo que existe un descontento social por parte de las personas por las decisiones jurídicas en cuanto a las penas punitivas que se les aplica a los infractores de ley.
Otro elemento de esta desconfianza se asigna a la difusión de la entrega de información a través de los medios de comunicación masiva, entendamos medios de comunicación como lo son diarios, revistas, radio, redes sociales (Instagram, Twitter, Facebook) que se dedican a mantener diariamente a las personas informadas de los acontecimientos del día a día. Información que por lo cierto apunta directamente al acto cometido, el hecho
¿Qué es lo que desconoce la población chilena de la población penal o privados de libertad?
En Chile, el sistema penitenciario se divide en tres subsistemas, el sistema abierto, el sistema cerrado y el sistema post penitenciario, en los dos primeros sistemas se encuentran personas cumpliendo condenas, o sea, infractores de ley. ¿A qué se debe esa separación de sistemas si los dos deben asumir responsabilidades frente a sus actos delictivos?. En el gobierno de Michelle Bachelet cercano al comienzo del primer mandato de Sebastián Piñera, se toma la decisión de implementar el sistema abierto, opción para regularizar el hacinamiento en las cárceles en Chile, por lo tanto, las personas que no tienen delitos previos pueden optar a medidas de penas sustitutivas y cumplir condena en libertad.
Hoy en día existen más personas cumpliendo condenas en el sistema abierto que en el sistema cerrado, ¿cuál es el temor de la sociedad en que estas personas vuelvan a encontrarse en el mundo exterior? La respuesta, el DESCONOCIMIENTO DE LOS PROCESOS DE REINSERCION SOCIAL que imparten los establecimientos penitenciarios, si revisamos los medios de comunicación masiva muy pocas de estas noticias apuntar a la reintegración o la rehabilitación de un infractor de ley, se enfoca principalmente como se mencionó al comienzo al HECHO.
Todos los internos tiene el derecho a la reinserción social sin distinción alguna, por lo tanto todo pueden ser parte de la reinserción social, el problema es la limitación de los cupos que existen para que los sujetos puedan ser parte de un proceso de reinserción. En cambio las personas que logran estar dentro de un proceso de reinserción social tiene mayor posibilidades de poder trabajar aspectos como: la conducta delictiva, el contagio criminológico, potenciar habilidades, competencias sociales, satisfacer necesidades, aptitudes, ente otras. Cabe señalar que los procesos se dan DENTRO DE LA CÁRCEL y NO son parte de las PENAS PUNITIVAS por lo que son paulatinos y complejos, por lo tanto, en el transcurso que el sujeto se encuentre transitando a este cambio pueden presentarse obstaculizadores personales o institucionales que pueden retroceder el proceso.
Otro punto es que no solo deben presentarse las opciones para los infractores de ley de poder generar este CAMBIO, si no, que también está sujeta a la disposición del preso esto se correlaciona con el apoyo familiar e institucional y las oportunidades que se le puedan presentar dentro de la sociedad una vez que este cumpla con totalidad el cumplimiento de su condena, con el fin de que este pueda reintegrarse o re-vincularse a la comunidad.
Una persona que quiera comprender la posición de infractores de ley debe empatizar y depurar prejuicios frente a este grupo en particular, para lograr eso debe partir de la base de que todos los seres humanos tenemos derechos, por lo tanto, independientemente del delito cometido, puede comprender que hubieron causas que desencadenaron el comportamiento delictivo del sujeto que hoy se encuentra atravesando el sistema penitenciario. La aceptación de que el individuo es sujeto de derecho y por lo tanto, tiene derecho a poder rehabilitarse o reintegrarse a la sociedad.